Orlando Bankruptcy Lawyers

Servicios de Bancarrota en Orlando

| Capítulo 13 | Capítulo 7|

La bancarrota puede ser un proceso complicado, pero hay una firma de abogados con experiencia en bancarrotas en el área de Orlando como Clark & Washington puede hacer de este tiempo difícil, lo más simple como sea posible para usted y su familia. Entendemos lo que está pasando y estamos aquí para ayudarle. Nuestra práctica se dedica por completo a representar a las personas y familias en casos de bancarrota bajo el Capítulo 7 y el Capítulo 13.

En la mayoría de los casos de bancarrota, la cronología de los hechos es similar. El proceso de nuestra oficina está afinado a la perfección con el fin de asegurar que usted no sólo tiene toda la información que necesitan antes del registro, sino también que usted está involucrado y cómodo en cada paso del camino. En Clark & Washington usted no experimentarán la frustración de esperar a tener noticias de su abogado o de pasar horas y horas tratando de obtener información actualizada sobre el estado de su caso.

En Clark & Washington, la bancarrota es nuestra única área de práctica. No somos una firma abogados que trata con registro de bancarrotas de vez en cuando. Solamente tratamos con casos de bancarrota. Si usted necesita un testamento o su sobrino necesita un abogado especialista en DUI, será un gusto recomendarle a alguien, pero nosotros no manejamos casos que no sean de bancarrota. Nuestros abogados y personal son seleccionados por sus capacidades, así como su compasión y capacidad de escuchar.

En Clark & ​​Washington nuestro proceso es el siguiente:

Asista a una consulta gratuita:

En ésta consulta gratuita y sin obligaciones se reunirá con un abogado con experiencia en bancarrota para discutir su situación financiera actual.Su abogado de Clark & Washington le aconsejará sobre qué tipo de bancarrota (ya sea 13 o 7) tiene más sentido para usted y su familia. Si su abogado considera que no es el mejor momento para que usted presente o que no se debe presentarla en lo absoluto, él o ella le informará según sea necesario y discutirá con usted las opciones distintas a la bancarrota.

Los Casos de Bancarrota Empiezan con una Petición:

Una vez que usted y su abogado toman la decisión de presentar un caso vamos a preparar una petición de bancarrota.La petición es un documento complejo que incluye toda la información que usted nos ha proporcionado sobre sus ingresos y gastos, deudas y activos. Su petición se compone de alrededor de 50 páginas y deberá presentarse en los formularios aprobados por la corte. Utilizamos el software más reciente para la preparación de su petición para preparar documentación que cumpla con todos los requisitos de presentación de las cortes de bancarrota en el distrito medio de Florida. Una vez que su petición ha sido preparada y la ha revisado con su abogado, vamos a presentar su petición ante el secretario del tribunal de bancarrotas. Presentamos nuestros casos por vía electrónica, lo que significa que se acceda a la interfaz web del secretario de la corte de bancarrota y la registramos inmediatamente. Usted podrá tener su número de caso de bancarrota, literalmente, en cuestión de minutos.

Una "Suspensión Automática" se impone cuando usted se declara en bancarrota:

Al momento en que presente su caso, se da lugar a la protección de la bancarrota.Esta protección se denomina la "Suspensión Automática" y hace ilegal que los acreedores tomen cualquier acción para cobrar las deudas. Una vez que la suspensión automática entra en vigor, los acreedores no pueden llamar o escribir y tienen que detener los embargos de salarios. Se debe suspender al agente de recuperación y cualquier ejecución hipotecaria pendiente que debe detenerse. Cualquier bien incautado - incluso un minuto después de haber presentado - debe ser devuelto. El secretario del tribunal le enviará una notificación por escrito sobre su registro de caso de bancarrota en una semana o menos después de presentarla, pero la suspensión automática se aplica incluso cuando los acreedores no tienen un conocimiento real.

Cuatro o Seis Semanas Después de presentarla, usted asistirá a una Reunión con los Acreedores:

Después de que su caso se archive, usted tendrá que asistir a una breve audiencia con el síndico de la bancarrota y cualquier acreedor que decida asistir.Esta audiencia se llama   Reunión de Acreedores del Artículo 341   y por lo general será de unos 5 minutos.Por supuesto, su abogado de Clark & Washington estará a su lado en esta reunion del Artículo 341. Se le pedirá que confirme que la información en su petición es verídica junto con algunas otras preguntas sobre su caso.

Los Casos bajo el Capítulo 13 son Confirmados Después de la Audiencia 341:

La mayoría de las veces, el fideicomisario registrará una o más objeciones a su caso del Capítulo 13.Estas objeciones pueden ser simples - el fideicomisario puede requerir un comprobante de seguro o plan de pagos, o el fideicomisario puede requerir que cambiemos una disposición en su plan.

Debido a que la bancarrota es lo único que hacemos, su abogado de Clark & Washington discutirá con usted las posibles soluciones a cualquier objeción del fideicomisario.Si el fideicomisario requiere un plan de pago más alto, podemos revisar su presupuesto y decidir si ofrecer un compromiso o si se debe llevar el asunto ante el juez. De cualquier manera, usted estará directamente involucrado en la decisión.

Una vez que todas las objeciones del fideicomisario y acreedor se resuelven, su caso formalmente será aprobada por el juez - en ese momento, su plan va a ser "confirmado".Siempre y cuando continúe haciendo sus pagos del plan, su caso se mantendrá en vigor y se mantendrá protegido de todas las acciones del acreedor.

Después de realizar todos los pagos de su plan, el juez le enviará una Orden de Descarga, lo que significa que han cumplido con sus obligaciones en virtud del Capítulo 13 y que sus deudas son ahora están legalmente anuladas.

Los Casos del Capítulo 7 son Descargados Después de la Audiencia 341:

En la mayoría de los casos, ni el fideicomisario ni cualquier acreedor presenta una objeción a su caso.Por ley, los acreedores tienen 60 días desde la primera fecha desde su audiencia 341 para presentar objeciones (las objeciones de acreedores en el Capítulo 7 son poco frecuentes), por lo que su caso debe permanecer abierto durante al menos 2 meses después de la fecha de la audiencia 341.

Una vez que el plazo para presentar objeciones ha pasado (alrededor de 3 meses después de la presentación), su caso será programado para una orden de descarga que será emitida por el juez asignado a su caso.